VISTO el expediente N° 0260-69-001-2024 donde se aprobó la renuncia presentada por el becario José Facundo Roldós Villalba a su contrato en Ursea; RESULTANDO: I) que, en la nota de renuncia el nombrado becario expresó que la misma fuera efectiva a partir del día 17 de marzo de 2024; II) que, la Resolución N° 379/023 otorgó vigencia al orden de prelación por dieciocho meses, que se detalló en el Acta complementaria N° 3, de fecha 3 de julio de 2023, del Tribunal del Concurso de Becarios, llamado de Ursea N° 5/2023 y de Uruguay Concursa N° 6096/2023; III) que de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución N° 115/024, del 12 de marzo del 2024, se debe proveer la vacante citando a quien correspondiere en el orden de prelación vigente; IV) que la persona ubicada en el segundo lugar del orden de prelación, aceptó un contrato de becaria para la División de Gestión de Recursos, por lo cual se consultó a Alfredo Emiliano Hernández de León, titular del documento de identidad N° 4.454.585-4, que figura en tercer lugar, estando dispuesto a aceptar el contrato de beca; V) que la Gerencia General comparte esta propuesta; CONSIDERANDO: I) que la lista de prelación mencionada, se encuentra vigente; II) que por lo antes expresado, se debe resolver en consecuencia; ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley Nº 18.719 de 27 de diciembre de 2010, Decreto Nº 54/011 de 7 de febrero de 2011, y demás normativa vigente;
EL DIRECTORIO DE URSEA RESUELVE:
1.- Contratar, bajo el régimen de becario previsto por los artículos citados precedentemente para desempeñar tareas en esta Unidad Reguladora, al señor Alfredo Emiliano Hernández de León, titular del documento de identidad N° 4.454.585-4, persona que se encuentra en la lista de prelación homologada. 2.- Notifíquese al interesado y procédase a la firma del contrato respectivo. 3.- Autorizar indistintamente a la Presidente y al Vicepresidente de Ursea, para suscribir el contrato de beca. 4.- Regístrese el contrato en el Registro de Vínculos con el Estado. 5.- Publíquese, y oportunamente archívese.
2.14.0.0
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